Anexo: Acuerdo de procesamiento de datos
El responsable del tratamiento debe tener un Acuerdo del encargado del tratamiento con cualquier tercero con el que el responsable del tratamiento comparta medios de videovigilancia, excepto para compartir medios de videovigilancia con las fuerzas del orden.
Si una organización subcontrata todas o parte de sus actividades de videovigilancia a un tercero (un procesador de datos), sigue siendo responsable del cumplimiento del RGPD como controlador de datos. Por ejemplo, guardias de seguridad que supervisan la videovigilancia en directo en la zona de recepción de una organización que trabaja para una empresa privada a la que la organización ha subcontratado la tarea de monitorización en directo. En este caso, la organización debe garantizar que los guardias de seguridad lleven a cabo sus actividades de conformidad con las disposiciones del RGPD.
Para ver un modelo de Acuerdo del encargado del tratamiento, consulte la plantilla Milestone Acuerdo del encargado del tratamiento.
Limitación de responsabilidad: La plantilla del Acuerdo del encargado del tratamiento debe ser revisada por el responsable del tratamiento. El cumplimiento del RGPD con esta plantilla es su área de responsabilidad.